PROMOCIÓN CABLEVISIÓN - FIBERTEL "JAGUARES VS CHIEFS"

Bases Legales

 

1. Latpro S.A., con domicilio en Juramento 2853 Piso 1°B, Ciudad de Buenos Aires, organiza la presente promoción (en adelante la “Promoción") quien podrá ser llamado el “Organizador”.

2. Podrán participar todas las personas físicas mayores de 18 años de edad que sean abonados al servicio de televisión por cable que brinda Cablevisión (en adelante el “Servicio”) con domicilio en la República Argentina y que no hayan resultado ganadores de cualquier otra promoción o concurso dentro de los últimos seis (6) meses.

3. Mecánica de participación: Las personas que deseen participar deberán ingresar a la Fan Page de Cablevisión Fibertel en Facebook, hacer click en “Me gusta” y acceder a la solapa del concurso “¡Jaguares vs Chiefs!”. Ahí deberán completar todos los campos requeridos y hacer click en el botón “participar”. Los datos personales que los participantes proporcionan para participar, son los siguientes: nombre, apellido, DNI, teléfono, correo electrónico, número de cliente de Cablevisión (solo en caso de ser cliente).

4. La participación en la presente promoción es SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA, esto implica que las personas no abonadas al servicio podrán participar conforme la mecánica detallada en la cláusula anterior.

5. La promoción será válida desde el 04 de Marzo del 2016 hasta el 14 de Marzo del 2016 a las 10:00 hs.

6. La participación en el presente concurso implica la aceptación de las presentes Bases y Condiciones.

7. Todos los participantes exoneran de manera completa a Facebook por toda responsabilidad derivada de su participación en la presente Promoción.

8. El Organizador manifiesta que la presente promoción no se encuentra patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno con Facebook.

9. Los Participantes proporcionan la información requerida por las presentes Bases al Organizador y no a Facebook

10. El Organizador no se hará́ responsable por aquellas transmisiones electrónicas que estén incompletas o sean confusas por cualquier error técnico, incluidos, pero no limitados al mal funcionamiento electrónico de cualquier red, "hardware" o "software", o por cualquier error humano, técnico o de cualquier otro tipo que pueda ocurrir al procesar las participaciones. Una prueba de envío significará automáticamente la recepción de la participación por parte del Organizador. Sin embargo, la recepción de la participación por parte del Organizador no es garantía de que los Participantes sean los ganadores del Concurso.

11. No serán válidas y quedarán sin efecto alguno, aquellas participaciones que se realicen a través de la manipulación o mal uso de los sitios web que contengan información relacionada con el Concurso, y las que se realizaren de mala fe o en contravención de las reglas de la moral y las buenas costumbres. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o excluir del Concurso a aquellos Participantes que, directa o indirectamente hayan alterado, incumplido o violado, las normas establecidas en el presente Reglamento o hayan ejecutado conductas deshonestas que atenten contra el espíritu de competencia y entretenimiento de este Concurso. Es condición para poder participar que las conexiones a la web se hagan desde direcciones IP’s localizadas en el ámbito de la República Argentina.

12. El Organizador se reserva el derecho de poner término o modificar el Concurso en caso de existir fraudes, dificultades técnicas o cualquier otro factor fuera de control del Organizador que pudieran comprometer la integridad del Concurso; tal determinación se hará a discreción del Organizador, siempre contando con la previa autorización de Lotería Nacional.

13. Se entregará el siguiente Premio (en adelante el “Premio”):

• 4 (cuatro) pares de entradas para las 4 (cuatro) personas y un acompañante por cada una de ellas que se loguen según lo indicado en la cláusula tercera y resulten sorteadas conforme la cláusula quince; cada ganador será acreedor de 2 (dos) entradas para ver el partido de los Jaguares vs Chiefs que se disputará en el Estadio del Club Vélez Sarsfield (Platea Norte Baja I Fila 1) el día sábado 19 de marzo de 2016 a las 18:30 hs. Dirección: Av. Juan B. Justo 9200, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Cada entrada con un valor de QUINIENTOS pesos argentinos_________500______, entonces cada ganador recibirá en tota MIL PESOS ARGENTINOSl _____________$1000____ para utilizar en el partido de los Jaguares vs Chiefs, este monto equivalente a 2 (dos) entradas.

El valor total del premio es de pesos argentinos cuatro mil ($4.000) IVA incluido.

El Premio es intransferible y en ningún caso se canjeará por dinero en efectivo u otro derecho o bien.

14. El Organizador no se hará cargo de ningún gasto extra y/o adicional en que deban incurrir los ganadores y/o sus acompañantes para gozar del Premio que no sea expresamente contemplado en las presentes Bases y Condiciones, cualquiera sea su naturaleza.

15. El Sorteo se llevará a cabo el día 14 de Marzo del 2016 a las 15 horas en la calle Roque Sáenz Peña Nº 628, Piso 8, oficina "U", Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante la presencia de escribano público, quien extraerá 8 (ocho) participantes mediante el sistema Random u otro similar, los primeros 4 (cuatro) como potenciales ganadores y los restantes como suplentes en el orden en que fueron sorteados, para el caso que la/s participación/es sorteada/s en primer término no cumpla/n con los requisitos establecidos en las presentes bases.

16. No es necesaria la presencia de los participantes el día del sorteo para la adjudicación del premio correspondiente. El Organizador notificará en forma telefónica y/o por e-mail a los Posibles Ganadores, que cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos en las presentes bases; para el caso que el Posible Ganador dentro de las 24 horas de notificado, por cualquier razón, no contestare o no pudiera ser declarado Ganador, se procederá a notificar al primer suplente elegido el día del Sorteo quien podrá hacerse acreedor del Premio siempre que cumpla con los requisitos exigidos en las presentes Bases y así sucesivamente. Los Suplentes que se conviertan en Potenciales Ganadores, serán notificados telefónicamente, dentro de las 24hs. hábiles, de adquirida tal calidad, y deberán presentarse en el lugar y fecha que se les indique.

17. El Premio será entregado en Latpro S.A, con oficinas en la calle Juramento 2853, 1er piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los días y horarios indicados telefónicamente al momento de informar a los ganadores sobre su condición de tal. Las personas que resulten ganadoras deberán presentarse y contra la presentación por parte del Ganador dentro del plazo estipulado en la notificación, del documento que acredite su identidad, la factura del servicio y toda otra documentación requerida en las presentes bases se les hará entrega de las entradas. En dicho acto el Ganador deberá suscribir una carta como constancia de recepción del Premio y liberación de responsabilidad.

18. En caso de que la presente Promoción quedara regida bajo la normativa de la resolución de Lotería Nacional Sociedad de Estado Nro. 17/2011 y modificatorias todo Premio asignado y no reclamado por el/los Ganador/es dentro del plazo de treinta (30) días desde su declaración como Ganador, será transferido por Cablevisión en propiedad al Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente (ex-Secretaría de Desarrollo Social de la Nación) de la forma jurídica que corresponda, dentro de los treinta (30) días corridos de vencido dicho plazo.

19. Esta promoción podrá ser cancelada, suspendida o modificada por el Organizador por razones que lo justifiquen y por caso fortuito o fuerza mayor, previa autorización de Lotería Nacional S.E. y comunicándose al público general por idénticos medios a los utilizados para difundir la promoción.

20. El Premio que no pudiera asignarse a ningún Potencial Ganador en virtud de la falta de cumplimiento de algún requisito establecido en las presentes bases, será considerado como no asignado.

21. Todo Premio no asignado por cualquier causa quedará en propiedad y disposición de Cablevisión.

22. El Organizador se reserva el derecho a realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que considere conveniente de los Ganadores de la presente Promoción. Con la sola participación en la Promoción, los Ganadores prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus Nombres y Tipo y Nº de Documento e Imágenes (foto y voz) por los medios publicitarios y de comunicación que Cablevisión disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 1071 bis del Código Civil, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Ganadores no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

23. Por el solo hecho de participar, todos los participantes aceptan conocer y aceptar las condiciones de las presentes bases. Cualquier modificación que se produzca por causas ajenas no imputables al Organizador será informada, en caso de corresponder, a Lotería Nacional S.E. conjuntamente con la resolución adoptada con una anterioridad de 48 hs. a que se produzca.

24. No podrán participar de la Promoción el personal de Los Organizadores, sus proveedores, colaboradores, contratistas, como tampoco el personal de agen¬cias de publicidad que trabajan para ellos, ni sus familiares directos.

25. La responsabilidad del Organizador, por todo concepto finaliza con la puesta a disposición de los Ganadores de los Premios correspondientes y, de ninguna manera, continúa en relación a las prestaciones, etc. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la adjudicación del Premio. El Organizador no será responsable por consecuencias originadas por problemas en la transmisión de datos, pérdida de mails enviados, problemas en las comunicaciones o de cualquier otra índole. Los participantes serán responsables del contenido de todos los documentos enviados, así como del costo del envío y de los impuestos que sean aplicables o toda suma de dinero que les sea abonada en concepto de adjudicación de Premios. La responsabilidad del Organizador finaliza al poner a disposición del Ganador el Premio al que se hizo acreedor. Los gastos no incluidos en las presentes Bases estarán a cargo del potencial Ganador, incluyendo pero sin limitarse a traslados, gastos de viáticos y/o impuestos y/o cualquier otro costo o gasto que se produzca como consecuencia y/o en ocasión del premio. El potencial Ganador mantendrá indemne y a salvo Cablevisión y a sus compañías vinculadas controladas y controlantes y controladas de sus controlantes, a sus agencias o afiliadas por cualquier daño, pérdida y/o accidente acaecido como consecuencia de la utilización del Premio. El Organizador no asume responsabilidad alguna si por serle imposible concretar la notificación al Potencial Ganador del Premio dentro del plazo establecido al efecto, debiera notificar y/o adjudicar el Premio a los suplentes.

26. El Organizador se reserva el derecho de sustituir el premio, por otro u otros de similar valor, previa autorización de Lotería Nacional S.E.

27. Tratamiento de Datos Personales: Los datos personales brindados a través de internet para la participación en esta promoción, serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad de Cablevisión S.A., con domicilio en Gral. Hornos 690, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La provisión de los datos por parte de los Participantes de la Promoción es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en la Promoción.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326.
Los Participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse a la dirección de correo electrónico sorteos@cablevision.com.ar.
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
El registro y participación en la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.

28. La probabilidad de cada participante de ganar algún Premio es la siguiente: 4 (cuatro) entre la cantidad de registraciones recibidas para participar del Premio. Es decir, en caso de recibirse 100.000 registraciones, la probabilidad de cada participante de ganar cada premio es 4/100.000.

29. Las presentes Bases se encuentran a disposición de cualquier interesado en Juramento 2853 Piso 1°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

30. Para el caso de dudas o divergencias para la aplicación de las presentes bases corresponderá la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Comercial con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con la reglamentación vigente al momento de entrar en vigencia dichas bases, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.


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